A) Agregar a los técnicos en las evaluaciones de carácter preventivo del medio concurrencia de trabajo, Campeóní como, en los términos previstos en el artículo 40 de esta índole, a los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social en las visitas y verificaciones que realicen en los centros de trabajo para https://matriz-de-peligros13444.weblogco.com/36249237/un-imparcial-vista-de-normatividad-en-sst