El patrón debe avisar por escrito al trabajador las conductas que motivan la rescisión y las fechas en que ocurrieron. La falta de aviso al trabajador personalmente o por el tribunal puede presumir una separación no justificada, a menos que se demuestre lo contrario. En síntesis, el Artículo 53 de https://nombresdeempresadesegurid40515.bloginwi.com/69084076/poco-conocidos-hechos-sobre-como-crear-una-empresa-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo